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Sin parqueo no hay evento: multa de Q500 mil para organizadores que no cumplan

  • govassan
  • 27 jun
  • 1 Min. de lectura

Este viernes 27 de junio fue publicado en el Diario de Centroamérica, el acuerdo No. 23-2025, el cual establece la obligatoriedad de un plan de estacionamiento de vehículos para la realización de eventos de más de 500 personas en un solo lugar.

"Organizadores y responsables de estos eventos deberán solicitar a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito, la aprobación del plan de estacionamiento de vehículos del evento con no menos de un mes de anticipación, indicando fecha, lugar y horario en que se llevará a cabo y presentar un plan de estacionamiento o parqueo público o privado de vehículos que transportarán a las personas", se lee en su artículo 2.


Multas por no cumplir

En su artículo 6, el acuerdo explica que al realizarse un evento sin haber obtenido autorización de conformidad con lo dispuesto en el mismo, dará lugar a que el Juez de Asuntos Municipales imponga una multa de hasta Q500 mil, según la naturaleza y gravedad de la falta.

"Quedan exentos de esta normativa, los eventos regulares o de actos religiosos o de culto en general, así como los de giro ordinario de instituciones, empresas o entidades que no entorpecen la circulación del tránsito vehicular", se lee.

Dicho acuerdo entra en vigencia el día siguiente a su publicación; es decir, este sábado 28 de junio. No obstante, para los eventos que se realicen durante el primer mes de su vigencia no será obligatorio lo estipulado en el artículo 2, menciona el artículo 9.

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